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Dudas frecuentes con el impuesto de sucesiones
28 de Julio de 2015

Si estás buscando alguien que te asesore en ciertos temas, como arrendamientos urbanos en Oviedo o herencias, es determinante la comunidad autónoma.

A la hora de la sucesión, puede no ocurrir lo mismo si lo que se hereda es la vivienda habitual del fallecido o si es otro inmueble, arrendado en otra comunidad autónoma, por ejemplo. Somos especialistas en arrendamientos urbanos en Oviedo, y también en herencias.

Es posible que tengas alguna de estas dudas, bastante frecuentes, sobre el impuesto de sucesiones:

¿Qué hacer si no hay contacto con los otros herederos o si hay malas relaciones?  

Tenemos dos opciones. La primera es la autoliquidación del impuesto, pero es necesario que todos los incluidos en la herencia se pongan de acuerdo. La segunda opción es la liquidación administrativa: individualmente se puede presentar los documentos oportunos ante la administración que corresponda, que será la que determine el importe de la deuda tributaria.

¿Qué pasa si el fallecido tenía un préstamo hipotecario? ¿Lo amortizado se puede deducir del impuesto? Sí, habrá que presentar justificante del banco (un certificado, no sólo un extracto) y lo que contará será lo que se haya pagado antes de la fecha de su muerte.

¿Cómo podemos pagar el impuesto si aún no tenemos la escritura notarial de manifestación de herencia? Un problema que tiene su importancia porque pueden pasar los seis meses que marca la ley para pagar y no tener aún la escritura. En ese caso, se puede hacer un documento privado con los datos de los herederos y un listado de bienes, derechos y obligaciones del fallecido.

Para esto y todas las dudas que tengas, cuenta con la Abogada Mónica Menéndez. Llámanos o ven y te ayudaremos.

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